Y parece que el drama en la liga puertorriqueña no se acaba...
Las Leonas someten segunda moción en auxilio de jurisdicción
Las Leonas de Ponce sometieron hoy una moción urgente en auxilio de jurisdicción para que se garantice el debido proceso de ley, al igual que la paralización momentánea de la ronda semifinal del Voleibol Superior Femenino (LVSF) que comenzaría hoy con el choque entre las Criollas de Caguas y las Orientales de Humacao.
Un panel colegiado (compuesto por José Marxuach, Evelyn Benvenutti y Jaime Vázquez) determinó hoy que Haley Eckerman, refuerzo de las Leonas, era inelegible para jugar, por lo que confiscaron los partidos del conjunto en cuartos de final.
Ponce se eliminó por las confiscaciones y adelantaron a semifinales las Indias de Mayagüez y las Orientales de Humacao, equipo que cuestionó, mediante protesta, la elegibilidad de la importada.
En la moción presentada por la abogada de las Leonas, Milagros Martínez, el equipo señaló que la FPV estableció para hoy el inicio de la semifinal entre Caguas y Humacao sin darle la oportunidad a Ponce de “ejercer el derecho que le corresponde”.
César Trabanco, presidente de la FPV, se inhibió del proceso de protesta, por lo que Ponce le solicitó al panel que colegió la vista del viernes que “proceda a paralizar de forma inmediata y por breve tiempo la serie semifinal hasta tanto se tome la decisión final de nuestra apelación”.
No obstante, el panel colegiado denegó anoche mismo la moción porque “no expone ningún fundamento por el cual debamos revocar o paralizar los efectos de la resolución”.
La denegación de la moción por parte del panel obliga a las Leonas a recurrir al Tribunal Apelativo y de Arbitraje Deportivo (TAAD) del Comité Olímpico de Puerto Rico (Copur) en auxilio de jurisdicción o solicitar en los tribunales un entredicho provisional que obligue a la FPV a detener las series de postemporada hasta tanto se resuelva la pugna.
La letrada Martínez dijo que hoy mismo sometió una segunda moción urgente reclamando que la Federación cumpla con su propio reglamento y solicitando nuevamente la paralización de las series semifinales.
Por su parte, la FPV publicó una reacción de Trabanco al caso.
"No tengo la menor duda que el comité actuó conforme a nuestro reglamento. Les agradezco su disponibilidad y su verticalidad. Esta administración no será leniente en la toma de decisiones. Ejerceremos nuestra facultad fiscalizadora para asegurarnos que se cumpla con todos los reglamentos aplicables. Les garantizo que bajo mi administración todos tendrán que cumplir responsablemente con sus obligaciones y que las reglas son para cumplirse en igualdad de condiciones y de forma transparente. No habrán excepciones, la Institución tiene que estar por encima de los individuos nos indicó un complacido Dr. Trabanco", indicó el líder federativo en el comunicado publicado en la página de la FPV.
Someten segunda moción
Tal y como adelanto, Martínez sometió hoy una segunda moción urgente en jurisdicción de auxilio en respuesta a las expresiones de Trabanco, "las cuales afectan directa y adversamente los derechos que le asisten a las Leonas de Ponce ante la resolución emitida por el comité de querellas (panel colegiado) en el día de hoy". También solicitó, por segunda ocasión, la paralización momentánea de las series semifinales.
"Olvida el Presidente (Trabanco) de la FPV que el reglamento también dispone que durante el tiempo en que la resolución esté en apelación, la sanción impuesta quedará en suspenso, Sección 8 del Artículo XII del Reglamento de Torneo de la Liga de Voleibol Superior. Las expresiones del Presidente están en completa violación con el derecho que al amparo del propio reglamento tienen las Leonas de Ponce, laceran la imagen de imparcialidad que debe regir estos procesos", reza la segunda moción.
"¿Cómo puede el Presidente de la FPV establecer que bajo su administración todos tendrán que cumplir responsablemente con sus obligaciones y que las reglas son para cumplirse en igualdad de condiciones cuando públicamente está en violación de ellas? ¿Qué igualdad de condiciones se le puede estar dando a las Leonas de Ponce con estas expresiones y actuaciones? Como bien señala el Dr. Trabanco, la FPV como institución tiene que ir sobre cualquiera de sus individuos, incluyéndole", añadió Martínez.
"Es por esta razón que, por segunda ocasión, se recurre al comité (panel), esta vez en carácter urgente, con el fin de que garantice que la FPV esté en cumplimiento con su propio reglamento, garantice a las Leonas de Ponce el debido proceso de ley y garantice la pureza de los procedimientos, proceda a paralizar de forma inmediata y por breve tiempo la serie semifinal hasta tanto se tome la decisión final de nuestra apelación. El comité no debe permitir que la actuación de cualquier miembro o funcionario de la FPV afecte su verticalidad e imparcialidad en el asunto que nos ocupa", enfatizó Martínez.
Humacao somete moción en oposición
Por su parte, el representante legal de las Orientales, Carlos Villa, sometió hoy una moción en oposición a que se detengan las series semifinales.
Villa esbosó en la moción que las Leonas estipularon toda la prueba documental y su contenido ofrecida por el equipo de Humacao. Las estipulaciones, indicó el letrado, "tienen un efecto concluyente y resultan incontrovertibles para quien las realiza. Esto es así porque una vez hecha y aprobadas por el tribunal, las estipulaciones obligan a quienes las hacen".
Villa añadió que se reconocen tres tipos de estipulaciones: las que constituyen admisiones de hecho y dispensan del requisito de probar tales hechos, que cuando se estipula un hecho la parte no puede impugnarlo posteriormente pues, como regla general, constituye una admisiónsobre su veracidad y obliga tanto al tribunal como a las partes, y que Ponce estipuló toda la prueba documental y su contenido ofrecida por el equipo de Humacao como el contrato económico, el contrato federativo, la carta de transferencia (ITC) y la hoja de protesta.
"Mediante la prueba documental estipulada se estableció que el contrato federativo adolecía de fallas insalvables tales como la falta de la firma del notario, cuyo efecto directo invalida la juramentación, la falta de identificación de la supuesta paciente y la firma de esta en la certificación médica y que en la fecha contenida en la certificación médica la jugadora (Eckerman) no estaba en Puerto Rico", escribió Villa.
"El propio apoerado de Ponce reconoció y aceptó dichas faltas, por lo que le aplica el axioma 'admisión de parte relevo de prueba' que resume la norma procesal de que no es necesario desfilar prueba cuando el propio apoderado lo admitió. Ante la inexistencia de una controversia o errores en la resolución por haber sido estipulados los documentos y el contenido de estos que establece la inexistencia de un contrato perfeccionado a tenor con el reglamento de la LVSF, procede se declare no ha lugar la solicitud del equipo de Ponce por ser una inconsecuente, inapropiada e impertinente, demostrando una crasa temeridad", finiquitó Villa en el escrito.
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